Promulgan cambios en la Caja de Previsión Social para Abogados en Buenos Aires

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Promulgación de la Ley que Modifica la Caja de Previsión Social para Abogados en Buenos Aires

Detalles clave de la nueva normativa

El gobierno de Buenos Aires promulgó este martes la Ley N° 15.563, que introduce modificaciones al Régimen Legal de la Caja de Previsión Social para Abogados, establecido por la Ley N° 6716. La norma había sido sancionada el 3 de diciembre por la Legislatura bonaerense y quedó formalmente vigente tras su publicación en el Boletín Oficial.

Uno de los cambios centrales se encuentra en el artículo 1°, que redefine los requisitos para integrar el Directorio de la Caja. A partir de ahora, se exigirán diez años de ejercicio profesional en la provincia y domicilio real en el departamento judicial que elija al director. Además, se habilita a que abogados jubilados con jubilación ordinaria puedan desempeñar ese cargo.

Contexto y antecedentes de la ley

La ley también establece incompatibilidades: el cargo de director no podrá ser ejercido por miembros de consejos directivos de colegios profesionales ni de tribunales de disciplina. Asimismo, se mantiene el carácter de carga pública de la función, aunque se prevé la posibilidad de excusarse para mayores de 60 años, quienes ya hayan cumplido un mandato previo o quienes se encuentren jubilados.

En materia de ingresos, la norma fija un tope a los viáticos, gastos de representación u otras sumas mensuales, que no podrán superar el monto equivalente a un haber jubilatorio mínimo, básico y normal otorgado por la propia Caja.

Por otro lado, el artículo 2° modifica la integración del capital de la Caja, detallando las fuentes de financiamiento. Se ratifica el aporte del 10% de los honorarios profesionales de los afiliados, junto con contribuciones adicionales a cargo de quienes abonan esos honorarios en procesos judiciales voluntarios y contradictorios.

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Resumen de la noticia


  • El 23 de diciembre de 2025, el gobierno de Buenos Aires promulgó la Ley N° 15.563, modificando el Régimen Legal de la Caja de Previsión Social para Abogados.
  • La ley, que había sido sancionada el 3 de diciembre, establece nuevos requisitos para integrar el Directorio, incluyendo diez años de ejercicio profesional en la provincia.
  • Se fijan topes a los viáticos y gastos de representación, los cuales no pueden superar el monto de una jubilación mínima.
  • Prohíbe que miembros de consejos directivos de colegios profesionales y tribunales de disciplina ejerzan como directores de la Caja.
  • La ley también modifica la composición del capital de la Caja, manteniendo la cuota anual obligatoria y determinando fuentes de financiamiento adicionales.

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